lunes, 29 de julio de 2013

LA AUDIENCIA NACIONAL AVALA LA VIGENCIA DE LOS CONVENIOS COLECTIVOS PACTADOS ANTES DE LA REFORMA LABORAL

LA AUDIENCIA NACIONAL AVALA LA VIGENCIA DE LOS CONVENIOS COLECTIVOS PACTADOS ANTES DE LA REFORMA LABORAL
(diariojuridico.com)

Día 25/07/2013.- Redaccion Leave a Comment
Los jueces se pronuncian por primera vez sobre la “ultraactividad” de los convenios colectivos tras la modificación de la normativa laboral
La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional considera que las condiciones laborales de los trabajadores plasmadas en convenios colectivos mantienen su vigencia después de la reforma del mercado laboral, que estableció, para aquellos convenios que hubieran sido denunciados, una duración de un año, hasta el pasado 8 de julio.
Así lo establecen los magistrados en una sentencia, dictada el pasado martes 23 de Julio, en la que hacen una interpretación de la “ultraactividad” de los convenios colectivos, es decir, si continúan en vigor o no una vez finalizado el periodo para el que fueron pactados y hasta la aprobación de uno nuevo.
En el presente caso se analiza una demanda del Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas (SEPLA) contra la aerolínea Air Nostrum en la que el sindicato de pilotos solicitaba la permanencia del III convenio colectivo hasta la aprobación de uno nuevo que sustituyera al anterior, al entender que así se había pactado entre ambas partes.
La sentencia analiza el cambio introducido con la modificación de la Ley 3/2012 de medidas urgentes de reforma del mercado laboral, en el que se estableció que los convenios colectivos denunciados antes de su entrada en vigor, el 7 de julio de 2012, tendrían, salvo pacto en contrario, una vigencia de un año, hasta el 8 de julio de 2013, en que quedarían suspendidos.
Sin embargo, los jueces entienden que ese periodo de un año no puede aplicarse sin más de forma inflexible, sino que habría que estudiar la voluntad de ambas partes a la hora de aplicar la ultraactividad, es decir, la vigencia de sus condiciones más allá del periodo para el que fueron pactadas, concluyendo que en el caso del SEPLA y Air Nostrum se acordó específicamente mantener el convenio hasta que hubiera uno nuevo.
“La posibilidad de limitar la ultraactividad a un año siempre ha estado disponible para las partes, y escogieron no establecerla, por lo que mal puede decirse que no era su voluntad desplazar el régimen de ultraactividad anual que el legislador ahora propone de modo subsidiario”, señala la resolución.
Los magistrados subrayan la existencia de varios elementos que “apuntalan el reconocimiento de validez de los pactos previos”. “Otra cosa es que en la práctica, dada la gran cantidad de convenio previos a la reforma el cambio normativo pierda fuerza. Pero tal consideración competía al legislador a la hora de diseñar la norma y hemos de presumir que fue sopesada”, añaden.
Por todo ello, la sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, da la razón al SEPLA y mantiene en vigor el III convenio colectivo en Air Nostrum hasta la aprobación de uno nuevo.

miércoles, 3 de julio de 2013

NUEVO CÓDIGO MERCANTIL

NUEVO CÓDIGO MERCANTIL

Real Decreto de 22 de agosto de 1885, por el que se publica el Código de Comercio. Por fin nuestros ilustres legisladores renovarán el cerrado código del comercio de una antigüedad superior a cien años que ha dado mucha seguridad jurídica, sobre todo a los mismos de siempre. Desde aquí, mi más sincero éxito en con el nuevo código mercantil, espero que la inopia de los legisladores no deje atrás lo que España necesita: más y mejores empresas de economía social. PATYP.


NUEVO CÓDIGO MERCANTIL
(publicado en vLex España)

Día 2 de julio de 2012.- Joaquín Ángel de Domingo Martínez

Llevo una temporada que no hago más que cabrearme con tanto choriceo que hay en este país. Ya sea al por mayor, evadiendo dinero fuera del mismo, ora por un tesorero, ora por un cantante, ora por el hijo de un político catalán, ora por un futbolista... O al por menor, defraudando pequeñas cantidades al menudeo a Hacienda en el IRPF, en el IVA, en las ventas de inmuebles... Estoy cabreado porque las esposas/os de los defraudadores no se enteren de que en su plaza de garaje hay un Jaguar ni quién te paga parte de la boda de tu hija a la que el honorable Berlusconi es uno de los invitados junto con la trama Gürtel, o pagan el cumpleaños de tu yerno. O porque a mi tierra chica no llegue un AVE ni por asomo el aeropuerto funcione,
Y, por si fuera esto poco, la Agencia Tributaria pega un gatillazo de órdago atribuyendo a una de esas personas que tampoco se enteraban de lo que hacía su marido no sé cuantas propiedades en tierras y casas, y después resulta que se trata de un error lamentable. Pero no dimite ni el ministro ni el tato. Pues sí, también estoy cabreado porque los concursados no paguen ni a su padre y sigan viviendo a cuerpo de rey (sin elefantes ni corinas). Por eso me felicito (congratulo es más fino, pero mucho menos español) de que en 2015 (en el que ya estaremos a punto de salir de la crisis, como todos los años) entrará en vigor el nuevo Código Mercantil, que se basará en la unidad de mercado en España y regulará de forma distinta la empresa y sus operaciones, la representación, la competencia desleal y la defensa de la libre competencia, así como hará referencia a la propiedad industrial. Junto a contratos de siempre, como el de agencia o los publicitarios, aparecerán otros nuevos, tales como el de distribución, suministro, franquicia, mediación, contrato de obra por empresa, prestación de servicios mercantiles, operaciones sobre bienes inmateriales, turísticos, prestación de servicios electrónicos, contratos bancarios y financieros y de operaciones en el mercado de valores
.Otra novedad de este futuro Código Mercantil será la importancia que se da no solo a la letra de cambio, sino también a los pagarés, al cheque, a los valores mobiliarios y a las tarjetas sean de pago o de crédito a corto plazo. Regula de manera diferente a como está en la actualidad otros contratos como la compraventa, el depósito, el seguro o el transporte. Asimila al empresario, los llamados operadores de mercado o económicos. Y deja fuera las normas de protección de los consumidores.

Más de sesenta especialistas han trabajador en este muevo Código Mercantil que sustituirá al de 1985, con la finalidad de asegurar la unidad de mercado en las relaciones jurídico-privadas de los empresarios y el resto de operadores económicos. Sigue el modelo francés del código de 2000, principalmente en el sentido de recoger la legislación que existe en leyes especiales para agruparla. Y todo ello, dice la norma española, con la buena intención de adaptar la normativa comercial a la actual realidad política y económica. Pues no sé yo si es buena esa idea, porque la actual realidad política es poco fiable y la económica una ruina. Más vale que pongamos judicialmente las peras al cuarto, antes de esa llevar a cabo esa adaptación.

martes, 9 de abril de 2013

Cola para los ciudadanos y ventanilla única y especial para los gestores adminstrativos. Avances en la igualdad y en el mundo de la sociedad información.




MINISTERIO DEL INTERIOR
DIRECCION GENERAL DE TRAFICO
SUDIRECCION GENERAL QUE CORRESPONDA
Calle Josefa Valcarcel 28  CP. 28027 MADRID TL 913018165 FAX. 913018537
E-Mail :  airu@dgt.es
MADRID

Ntra. Ref: Exp. ANTAP. DGT-Varios asuntos
Fecha:  2013-04-08
ASUNTO: SOLICITANTO SE INVESTIGUE LOS MOTIVOS DE QUE SE LES DÉ UN TRATO ESPECIAL AL COLEGIO DE GESTORES ADMINISTRATIVOS EN LA PRESENTACION Y TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS ANTE ESA JEFATURA DISTINTO A LOS TRAMITADORES O GESTORES ADMINISTRATIVOS QUE HACEN COLA POR VENTANILLA DE PARTICULARES Y SI ESO SUPONE UN CARGO A MAYORES PARA EL COLEGIO PERJUDICANDO GRAVEMENTE LA COMPETENCIA Y EL LIBRE MERCADO.

I
H E C H O S

  1. Que se tiene conocimiento por medio de nuestros profesionales asociados de que tienen que presentar los trámites ante esa jefatura por medio del colegio de gestores, colegio que curiosamente tiene un local en las inmediaciones de la administración de tráfico de Vigo.
  2. Que dicha gestión indirecta lleva consigo un cobro de honorarios por parte del colegio encareciendo los trámites y además suponiendo pactos colusorios que  merman el libre mercado.
  3. Que esa jefatura de tráfico debe conocer esto y además de conocerlo lo permite pudiendo con su actitud generar una conducta prohibida y además fomentando con su permisividad y apoyo conductas que no sólo pueden ser infracciones administrativas y que tiene el deber de perseguir.
  4. Que en toda España nuestros asociados profesionales debidamente acreditados con certificados y formación debidamente registrada y acreditada como TA –Tramitadores Administrativos—con sus correspondientes altas en AEAT, y en todos los registros públicos y con los seguros de responsabilidad civil vienen prestando servicios profesionales y empresariales en la tramitación y asesoramiento en gestiones ante las jefaturas de tráfico.
  5. Que cuando van hacer los trámites administrativos se encuentran con grandes dificultades debiendo aportar al expediente los originales y fotocopias de los documentos personales de los compradores vendedores etc. Y con grandes dificultades que vulneran la legislación vigente Española y de la UE. Muy especialmente al tener que utilizar la cola para los particulares cuando un determinado colectivo tiene una ventanilla especial y un modo muy privilegiado de realizar dichas gestiones sin tener que esperar ni guardar cola, además de utilizar un acceso electrónico que les permite tener todo al momento.
  6. Que nuestros asociados tienen firma electrónica en nombre de terceros haciendo todos los trámites desde sus despacho mediante la remisión electrónica de documentos.
  7. Que para llegar a la excelencia y a cumplir con la normativa vigente en cuanto a la utilización de la vía telemática para la mejora del servicio público debemos aplicar los sistemas que se están aplicando a los gestores administrativos para evitar situaciones injustas y discriminatorias sin razón.
  8. Que nuestra entidad tiene firmados convenios con todas las administraciones públicas remitiendo todo por medio de la firma electrónica en representación y en nombre de terceros. –AEAT, MIR-MTAS-TTSS-FACENDA etc…


Por todo lo expuesto a V.E. SUPLICAMOS:


Admita el presente escrito y que esa administración tenga conocimiento para las acciones que en derecho proceda de que el colegio de gestores ha centralizado la presentación de trámites ante tráfico cobrando un plus igualitario para todos sus colegiados impidiendo a los colegiados que no quieran utilizar ese sistema utilizar los procedimientos especiales que tráfico de manera irregular les permite, poniéndolos a la cola en la ventanilla de particulares vulnerando gravemente los derechos profesionales y constitucionales que amparan a cualquier profesión u oficio elegido por los ciudadanos españoles.

No al trato especial a un colectivo que no tiene porque tenerlo.




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E-Mail :  airu@dgt.es
MADRID

Ntra. Ref: Exp. ANTAP. DGT-Varios asuntos
Fecha:  2013-04-08
ASUNTO: SOLICITANTO PODER UTILIZAR LA MISMA VENTANILLA Y EL MISMO SISTEMA QUE DE MANERA PRIVILEGIADA VIENEN UTILIZANDO LOS GESTORES ADMINISTRATIVOS EN LAS JEFATURAS DE TRAFICO Y ESPECIALMENTE EN LA DE VIGO Y PONTEVEDRA.
I
H E C H O S

  1. Que en toda España nuestros asociados profesionales debidamente acreditados con certificados y formación debidamente registrada y acreditada como TA –Tramitadores Administrativos—con sus correspondientes altas en AEAT, y en todos los registros públicos y con los seguros de responsabilidad civil vienen prestando servicios profesionales y empresariales en la tramitación y asesoramiento en gestiones ante las jefaturas de tráfico.
  2. Que cuando van hacer los trámites administrativos se encuentran con grandes dificultades debiendo aportar al expediente los originales y fotocopias de los documentos personales de los compradores vendedores etc. Y con grandes dificultades que vulneran la legislación vigente Española y de la UE. Muy especialmente al tener que utilizar la cola para los particulares cuando un determinado colectivo tiene una ventanilla especial y un modo muy privilegiado de realizar dichas gestiones sin tener que esperar ni guardar cola, además de utilizar un acceso electrónico que les permite tener todo al momento.
  3. Que nuestros asociados tienen firma electrónica en nombre de terceros haciendo todos los trámites desde sus despacho mediante la remisión electrónica de documentos.
  4. Que para llegar a la excelencia y a cumplir con la normativa vigente en cuanto a la utilización de la vía telemática para la mejora del servicio público debemos aplicar los sistemas que se están aplicando a los gestores administrativos para evitar situaciones injustas y discriminatorias sin razón.
  5. Que nuestra entidad tiene firmados convenios con todas las administraciones públicas remitiendo todo por medio de la firma electrónica en representación y en nombre de terceros. –AEAT, MIR-MTAS-TTSS-FACENDA etc…


Por todo lo expuesto a V.E. SUPLICAMOS:


Admita el presente escrito y por solicitado al igual que se le ha concedido a los profesionales gestores administrativos el derecho utilizar una ventanilla y sistema especial de entrega y recogida de documentos para evitar una desigualdad muy grave y la eliminación o restricción de la competencia al no existir un bien jurídico especial para un trato relevante a un colectivo profesional como el nuestro.





No a los priviledios ilegales de los gestores administrativos




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Ntra. Ref: Exp. ANTAP. DGT-Varios asuntos
Fecha:  2013-04-08
ASUNTO: SOLICITANTO LA FIRMA DE UN CONVENIO ENTRE LA ENTIDAD PROFESIONAL ANTAP Y LA DGT TAL Y COMO EXISTE ENTRE LA DGT Y EL COLEGIO DE GESTORES ADMINISTRATIVOS.:


I
H E C H O S

  1. Que en toda España nuestros asociados profesionales debidamente acreditados con certificados y formación debidamente registrada y acreditada como TA –Tramitadores Administrativos—con sus correspondientes altas en AEAT, y en todos los registros públicos y con los seguros de responsabilidad civil vienen prestando servicios profesionales y empresariales en la tramitación y asesoramiento en gestiones ante las jefaturas de tráfico.
  2. Que cuando van hacer los trámites administrativos se encuentran con grandes dificultades debiendo aportar al expediente los originales y fotocopias de los documentos personales de los compradores vendedores etc. Y con grandes dificultades que vulneran la legislación vigente Española y de la UE.
  3. Que a los gestores administrativos tienen un convenio firmado con esa DGT para poder desarrollar sus actividades con eficacia, celeridad y de un modo más agil en beneficio de la administración y del administrado.
  4. Que nuestros asociados tienen firma electrónica en nombre de terceros haciendo todos los trámites desde sus despacho mediante la remisión electrónica de documentos.
  5. Que para llegar a la excelencia y a cumplir con la normativa vigente en cuanto a la utilización de la vía telemática para la mejora del servicio público debemos aplicar los sistemas que se están aplicando a los gestores administrativos para evitar situaciones injustas y discriminatorias sin razón.
  6. Que nuestra entidad tiene firmados convenios con todas las administraciones públicas remitiendo todo por medio de la firma electrónica en representación y en nombre de terceros. –AEAT, MIR-MTAS-TTSS-FACENDA etc…


Por todo lo expuesto a V.E. SUPLICAMOS:


Admita el presente escrito y por solicitado al igual que se le ha concedido a los profesionales gestores administrativos el derecho a poder firmar un convenio de colaboración para que todos nuestros profesionales puedan ejercer sus derechos constitucionales y profesionales en las mismas condiciones que otro colectivo antes indicado.





No a la discriminación que sufren los estudiantes de formación profesional área de gestión administrativa y fin a privilegios de gestores administrativos




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Ntra. Ref: Exp. ANTAP. DGT-Varios asuntos
Fecha:  2013-04-08
ASUNTO: SOLICITANTO PODER UTILIZAR LA PLATAFORMA QUE TIENE LA DGT MEDIANTE LA FIRMA ELECTRÓNICA EN NOMBRE DE TERCEROS QUE TIENEN TODOS NUESTROS ASOCIADOS DE LA FABRICA NACIONAL DE MONEDA Y TIMBRE QUE UTILIZAN DIARIAMENTE CON TODAS LAS ADMINISTRACIONES.
 
I
H E C H O S

  1. Que en toda España nuestros asociados profesionales debidamente acreditados con certificados y formación debidamente registrada y acreditada como TA –Tramitadores Administrativos—con sus correspondientes altas en AEAT, y en todos los registros públicos y con los seguros de responsabilidad civil vienen prestando servicios profesionales y empresariales en la tramitación y asesoramiento en gestiones ante las jefaturas de tráfico.
  2. Que cuando van hacer los trámites administrativos se encuentran con grandes dificultades debiendo aportar al expediente los originales y fotocopias de los documentos personales de los compradores vendedores etc.
  3. Que a los gestores administrativos tienen un convenio firmado con esa DGT para poder desarrollar sus actividades con eficacia, celeridad y de un modo más agil en beneficio de la administración y del administrado.
  4. Que nuestros asociados tienen firma electrónica en nombre de terceros haciendo todos los trámites desde sus despacho mediante la remisión electrónica de documentos.
  5. Que para llegar a la excelencia y a cumplir con la normativa vigente en cuanto a la utilización de la vía telemática para la mejora del servicio público debemos aplicar los sistemas que se están aplicando a los gestores administrativos para evitar situaciones injustas y discriminatorias sin razón.


Por todo lo expuesto a V.E. SUPLICAMOS:


Admita el presente escrito y por solicitado al igual que se le ha concedido a los profesionales gestores administrativos el derecho a utilizar la plataforma y acceso existente en esa DGT para poder acceder a las mismas áreas a las que acceden los gestores administrativos con la firma en nombre de terceros y encriptada de la FNMT que tienen todos nuestros asociados y que utilizan con la mayoría de las administraciones públicas a diario.





ANTAP Denuncia nuevos ilegalidades ante tráfico, hay que cumplir la legislación europea y Española. basta ya




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Ntra. Ref: Exp. ANTAP. DGT-Varios asuntos
Fecha:  2013-04-08
ASUNTO: SOLICITANTO PODER UTILIZAR LA PLATAFORMA QUE TIENE LA DGT MEDIANTE LA FIRMA ELECTRÓNICA EN NOMBRE DE TERCEROS QUE TIENEN TODOS NUESTROS ASOCIADOS DE LA FABRICA NACIONAL DE MONEDA Y TIMBRE QUE UTILIZAN DIARIAMENTE CON TODAS LAS ADMINISTRACIONES.


I
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  1. Que en toda España nuestros asociados profesionales debidamente acreditados con certificados y formación debidamente registrada y acreditada como TA –Tramitadores Administrativos—con sus correspondientes altas en AEAT, y en todos los registros públicos y con los seguros de responsabilidad civil vienen prestando servicios profesionales y empresariales en la tramitación y asesoramiento en gestiones ante las jefaturas de tráfico.
  2. Que cuando van hacer los trámites administrativos se encuentran con grandes dificultades debiendo aportar al expediente los originales y fotocopias de los documentos personales de los compradores vendedores etc.
  3. Que a los gestores administrativos tienen un convenio firmado con esa DGT para poder desarrollar sus actividades con eficacia, celeridad y de un modo más agil en beneficio de la administración y del administrado.
  4. Que nuestros asociados tienen firma electrónica en nombre de terceros haciendo todos los trámites desde sus despacho mediante la remisión electrónica de documentos.
  5. Que para llegar a la excelencia y a cumplir con la normativa vigente en cuanto a la utilización de la vía telemática para la mejora del servicio público debemos aplicar los sistemas que se están aplicando a los gestores administrativos para evitar situaciones injustas y discriminatorias sin razón.


Por todo lo expuesto a V.E. SUPLICAMOS:


Admita el presente escrito y por solicitado al igual que se le ha concedido a los profesionales gestores administrativos el derecho a utilizar la plataforma y acceso existente en esa DGT para poder acceder a las mismas áreas a las que acceden los gestores administrativos con la firma en nombre de terceros y encriptada de la FNMT que tienen todos nuestros asociados y que utilizan con la mayoría de las administraciones públicas a diario.








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Ntra. Ref: Exp. ANTAP. DGT-Varios asuntos
Fecha:  2013-04-08
ASUNTO: SOLICITANTO PODER COMPULSAR DOCUMENTOS PARA INCORPORAR A LOS EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS ANTE LAS JEFATURAS DE TRAFICO AL IGUAL QUE HACEN OTROS PROFESIONALES COMO LOS GESTORES ADMINISTRATIVOS.



I
H E C H O S

  1. Que en toda España nuestros asociados profesionales debidamente acreditados con certificados y formación debidamente registrada y acreditada como TA –Tramitadores Administrativos—con sus correspondientes altas en AEAT, y en todos los registros públicos y con los seguros de responsabilidad civil vienen prestando servicios profesionales y empresariales en la tramitación y asesoramiento en gestiones ante las jefaturas de tráfico.
  2. Que cuando van hacer los trámites administrativos se encuentran con grandes dificultades debiendo aportar al expediente los originales y fotocopias de los documentos personales de los compradores vendedores etc.
  3. Que a los gestores administrativos y sin que se comprenda la razón se les viene aceptando toda la documental compulsada por éstos a pesar de no ser fedatarios públicos, asumiendo tanto la DGT como las jefaturas unas competencias y autorizaciones que vulneran claramente la ley y a mayores cuando los profesionales de ANTAP se ven obligados a ir al notario etc para poder desempeñar las actividades profesionales de su profesión, con el consiguiente aumento de los costes, y clara disminución de la competencia que monopolísticamente ejercer sin razón el colectivo beneficiado de gestores administrativos.


Por todo lo expuesto a V.E. SUPLICAMOS:


Admita el presente escrito y por solicitado al igual que se le ha concedido a los profesionales gestores administrativos el derecho a compulsar los documentos personales de nuestros clientes y poder ejercer nuestro trabajo de forma igualitaria.





Denuncia de ANTAP




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Ntra. Ref: Exp. ANTAP. DGT-Varios asuntos
Fecha:  2013-04-08
ASUNTO: SOLICITANTO  Y SE MOTIVE LOS FUNDAMENTOS DE PORQUÉ LOS GESTORES ADMINISTRATIVOS PUEDEN ACCEDER DIRECTAMENTE A CUALQUIER HORA A LOS REGISTROS PÚBLICOS DE ESA DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO VER TODOS LOS DATOS E INCLUSO LOS DE LOS QUE NO SON SUS CLIENTES Y EL RESTO DE LA CIUDADANÍA Y MUY ESPECIAL LOS TRAMITADORES ADMINISTRATIVOS NO PUEDEN ACCEDER A LA BASE DE DATOS PÚBLICA COMO ACCEDE LOS GESTORES ADMINISTRATIVOS IMPIDIENDO LO QUE LA LEY PERMITE Y SE VIENE HACIENDO EN LOS REGISTROS MERCANTILES, REGISTROS DE LA PROPIEDAD ETC, MANTENIENDO ESA DGT UNA CONDUCTA ILEGAL Y PROHIBIDA AL SER REGISTROS PÚBLICOS A LOS QUE PUEDEN ACCEDER TODOS POR MEDIOS ELECTRÓNICOS Y MÁXIMO TENIENDO FIRMA ELECTRÓNICA EN NOMBRE Y REPRESENTACION DE TERCEROS DADA POR UN ORGANISMO PÚBLICO COMO ES LA FNMT.

I
H E C H O S

  1. Que los gestores administrativos vienen accediendo a la base registro público de esa dirección general de tráfico.
  2. Que el acceso a los registros públicos es un derecho de todos los ciudadanos y una obligación de las administraciones.
  3. Que no sabemos porqué los gestores administrativo tienen el  privilegio  de acceso a cualquier hora y por vía telemática a las bases existentes en la DGT accediendo a todos los datos los gestores administrativos cuando en todos los registros de España no sólo cualquier profesional puede acceder sino todos los ciudadanos acceden como un derecho ancestral y consolidado en nuestro ordenamiento jurídico y de mayor derecho en la sociedad de la información.
  4. Que hoy en todos los organismos públicos se accede ya por vía telemática y de forma muy ágil para los profesionales que tenemos firma electrónica, vulnerando con su hacer esa DGT los derechos básicos de todos y beneficiando a un colectivo sin razón aparente alguna.
  5. Que esa jefatura de tráfico debe conocer esto y además de conocerlo lo permite pudiendo con su actitud generar una conducta prohibida y además fomentando con su permisividad y apoyo conductas que no sólo pueden ser infracciones administrativas y que tiene el deber de perseguir.
  6. Que en toda España nuestros asociados profesionales debidamente acreditados con certificados y formación debidamente registrada y acreditada como TA –Tramitadores Administrativos—con sus correspondientes altas en AEAT, y en todos los registros públicos y con los seguros de responsabilidad civil vienen prestando servicios profesionales y empresariales en la tramitación y asesoramiento en gestiones ante las jefaturas de tráfico.
  7. Que nuestros asociados tienen firma electrónica en nombre de terceros haciendo todos los trámites desde sus despacho mediante la remisión electrónica de documentos.
  8. Que nuestra entidad tiene firmados convenios con todas las administraciones públicas remitiendo todo por medio de la firma electrónica en representación y en nombre de terceros. –AEAT, MIR-MTAS-TTSS-FACENDA etc…


Por todo lo expuesto a V.E. SUPLICAMOS:


Admita el presente escrito y que esa administración tenga conocimiento y permita utilizar por vía telemática de forma segura por medio de firma electrónica etc como se viene haciendo en todos las administraciones la entrada en las mismas condiciones que los gestores administrativos a los tramitadores administrativos en los registros públicos existentes en esa DGT e igualmente a todos los ciudadanos por ser un derecho contemplado en nuestro ordenamiento jurídico, tal y como se hace hoy en día en todas las administraciones donde a cualquier hora y día se puede realizar todos los trámites.

Denuncia de ANTAP




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Ntra. Ref: Exp. ANTAP. DGT-Varios asuntos
Fecha:  2013-04-08
ASUNTO: SOLICITANTO  Y SE MOTIVE LOS FUNDAMENTOS DE PORQUÉ LOS GESTORES ADMINISTRATIVOS PUEDEN ACCEDER DIRECTAMENTE A CUALQUIER HORA A LOS REGISTROS PÚBLICOS DE ESA DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO VER TODOS LOS DATOS E INCLUSO LOS DE LOS QUE NO SON SUS CLIENTES Y EL RESTO DE LA CIUDADANÍA Y MUY ESPECIAL LOS TRAMITADORES ADMINISTRATIVOS NO PUEDEN ACCEDER A LA BASE DE DATOS PÚBLICA COMO ACCEDE LOS GESTORES ADMINISTRATIVOS IMPIDIENDO LO QUE LA LEY PERMITE Y SE VIENE HACIENDO EN LOS REGISTROS MERCANTILES, REGISTROS DE LA PROPIEDAD ETC, MANTENIENDO ESA DGT UNA CONDUCTA ILEGAL Y PROHIBIDA AL SER REGISTROS PÚBLICOS A LOS QUE PUEDEN ACCEDER TODOS POR MEDIOS ELECTRÓNICOS Y MÁXIMO TENIENDO FIRMA ELECTRÓNICA EN NOMBRE Y REPRESENTACION DE TERCEROS DADA POR UN ORGANISMO PÚBLICO COMO ES LA FNMT.


I
H E C H O S

  1. Que los gestores administrativos vienen accediendo a la base registro público de esa dirección general de tráfico.
  2. Que el acceso a los registros públicos es un derecho de todos los ciudadanos y una obligación de las administraciones.
  3. Que no sabemos porqué los gestores administrativo tienen el  privilegio  de acceso a cualquier hora y por vía telemática a las bases existentes en la DGT accediendo a todos los datos los gestores administrativos cuando en todos los registros de España no sólo cualquier profesional puede acceder sino todos los ciudadanos acceden como un derecho ancestral y consolidado en nuestro ordenamiento jurídico y de mayor derecho en la sociedad de la información.
  4. Que hoy en todos los organismos públicos se accede ya por vía telemática y de forma muy ágil para los profesionales que tenemos firma electrónica, vulnerando con su hacer esa DGT los derechos básicos de todos y beneficiando a un colectivo sin razón aparente alguna.
  5. Que esa jefatura de tráfico debe conocer esto y además de conocerlo lo permite pudiendo con su actitud generar una conducta prohibida y además fomentando con su permisividad y apoyo conductas que no sólo pueden ser infracciones administrativas y que tiene el deber de perseguir.
  6. Que en toda España nuestros asociados profesionales debidamente acreditados con certificados y formación debidamente registrada y acreditada como TA –Tramitadores Administrativos—con sus correspondientes altas en AEAT, y en todos los registros públicos y con los seguros de responsabilidad civil vienen prestando servicios profesionales y empresariales en la tramitación y asesoramiento en gestiones ante las jefaturas de tráfico.
  7. Que nuestros asociados tienen firma electrónica en nombre de terceros haciendo todos los trámites desde sus despacho mediante la remisión electrónica de documentos.
  8. Que para llegar a la excelencia y a cumplir con la normativa vigente en cuanto a la utilización de la vía telemática para la mejora del servicio público debemos aplicar los sistemas que se están aplicando a los gestores administrativos para evitar situaciones injustas y discriminatorias sin razón.
  9. Que nuestra entidad tiene firmados convenios con todas las administraciones públicas remitiendo todo por medio de la firma electrónica en representación y en nombre de terceros. –AEAT, MIR-MTAS-TTSS-FACENDA etc…


Por todo lo expuesto a V.E. SUPLICAMOS:


Admita el presente escrito y que esa administración tenga conocimiento para las acciones que en derecho proceda de que el colegio de gestores ha centralizado la presentación de trámites ante tráfico cobrando un plus igualitario para todos sus colegiados impidiendo a los colegiados que no quieran utilizar ese sistema utilizar los procedimientos especiales que tráfico de manera irregular les permite, poniéndolos a la cola en la ventanilla de particulares vulnerando gravemente los derechos profesionales y constitucionales que amparan a cualquier profesión u oficio elegido por los ciudadanos españoles.

ANTAP DENUNCIA LAS CONDUCTAS DE TRÁFICO IRREGULARES Y QUE VULNERAN LA LEGISLACION VIGENTE




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Calle Josefa Valcarcel 28  CP. 28027 MADRID TL 913018165 FAX. 913018537
E-Mail :  airu@dgt.es
MADRID

Ntra. Ref: Exp. ANTAP. DGT-Varios asuntos
Fecha:  2013-04-08
ASUNTO: SOLICITANTO SE INVESTIGUE LOS MOTIVOS DE QUE SE LES DÉ UN TRATO ESPECIAL AL COLEGIO DE GESTORES ADMINISTRATIVOS EN LA PRESENTACION Y TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS ANTE ESA JEFATURA DISTINTO A LOS TRAMITADORES O GESTORES ADMINISTRATIVOS QUE HACEN COLA POR VENTANILLA DE PARTICULARES Y SI ESO SUPONE UN CARGO A MAYORES PARA EL COLEGIO PERJUDICANDO GRAVEMENTE LA COMPETENCIA Y EL LIBRE MERCADO.


I
H E C H O S

  1. Que se tiene conocimiento por medio de nuestros profesionales asociados de que tienen que presentar los trámites ante esa jefatura por medio del colegio de gestores, colegio que curiosamente tiene un local en las inmediaciones de la administración de tráfico de Vigo.
  2. Que dicha gestión indirecta lleva consigo un cobro de honorarios por parte del colegio encareciendo los trámites y además suponiendo pactos colusorios que  merman el libre mercado.
  3. Que esa jefatura de tráfico debe conocer esto y además de conocerlo lo permite pudiendo con su actitud generar una conducta prohibida y además fomentando con su permisividad y apoyo conductas que no sólo pueden ser infracciones administrativas y que tiene el deber de perseguir.
  4. Que en toda España nuestros asociados profesionales debidamente acreditados con certificados y formación debidamente registrada y acreditada como TA –Tramitadores Administrativos—con sus correspondientes altas en AEAT, y en todos los registros públicos y con los seguros de responsabilidad civil vienen prestando servicios profesionales y empresariales en la tramitación y asesoramiento en gestiones ante las jefaturas de tráfico.
  5. Que cuando van hacer los trámites administrativos se encuentran con grandes dificultades debiendo aportar al expediente los originales y fotocopias de los documentos personales de los compradores vendedores etc. Y con grandes dificultades que vulneran la legislación vigente Española y de la UE. Muy especialmente al tener que utilizar la cola para los particulares cuando un determinado colectivo tiene una ventanilla especial y un modo muy privilegiado de realizar dichas gestiones sin tener que esperar ni guardar cola, además de utilizar un acceso electrónico que les permite tener todo al momento.
  6. Que nuestros asociados tienen firma electrónica en nombre de terceros haciendo todos los trámites desde sus despacho mediante la remisión electrónica de documentos.
  7. Que para llegar a la excelencia y a cumplir con la normativa vigente en cuanto a la utilización de la vía telemática para la mejora del servicio público debemos aplicar los sistemas que se están aplicando a los gestores administrativos para evitar situaciones injustas y discriminatorias sin razón.
  8. Que nuestra entidad tiene firmados convenios con todas las administraciones públicas remitiendo todo por medio de la firma electrónica en representación y en nombre de terceros. –AEAT, MIR-MTAS-TTSS-FACENDA etc…


Por todo lo expuesto a V.E. SUPLICAMOS:


Admita el presente escrito y que esa administración tenga conocimiento para las acciones que en derecho proceda de que el colegio de gestores ha centralizado la presentación de trámites ante tráfico cobrando un plus igualitario para todos sus colegiados impidiendo a los colegiados que no quieran utilizar ese sistema utilizar los procedimientos especiales que tráfico de manera irregular les permite, poniéndolos a la cola en la ventanilla de particulares vulnerando gravemente los derechos profesionales y constitucionales que amparan a cualquier profesión u oficio elegido por los ciudadanos españoles.