miércoles, 3 de julio de 2013

NUEVO CÓDIGO MERCANTIL

NUEVO CÓDIGO MERCANTIL

Real Decreto de 22 de agosto de 1885, por el que se publica el Código de Comercio. Por fin nuestros ilustres legisladores renovarán el cerrado código del comercio de una antigüedad superior a cien años que ha dado mucha seguridad jurídica, sobre todo a los mismos de siempre. Desde aquí, mi más sincero éxito en con el nuevo código mercantil, espero que la inopia de los legisladores no deje atrás lo que España necesita: más y mejores empresas de economía social. PATYP.


NUEVO CÓDIGO MERCANTIL
(publicado en vLex España)

Día 2 de julio de 2012.- Joaquín Ángel de Domingo Martínez

Llevo una temporada que no hago más que cabrearme con tanto choriceo que hay en este país. Ya sea al por mayor, evadiendo dinero fuera del mismo, ora por un tesorero, ora por un cantante, ora por el hijo de un político catalán, ora por un futbolista... O al por menor, defraudando pequeñas cantidades al menudeo a Hacienda en el IRPF, en el IVA, en las ventas de inmuebles... Estoy cabreado porque las esposas/os de los defraudadores no se enteren de que en su plaza de garaje hay un Jaguar ni quién te paga parte de la boda de tu hija a la que el honorable Berlusconi es uno de los invitados junto con la trama Gürtel, o pagan el cumpleaños de tu yerno. O porque a mi tierra chica no llegue un AVE ni por asomo el aeropuerto funcione,
Y, por si fuera esto poco, la Agencia Tributaria pega un gatillazo de órdago atribuyendo a una de esas personas que tampoco se enteraban de lo que hacía su marido no sé cuantas propiedades en tierras y casas, y después resulta que se trata de un error lamentable. Pero no dimite ni el ministro ni el tato. Pues sí, también estoy cabreado porque los concursados no paguen ni a su padre y sigan viviendo a cuerpo de rey (sin elefantes ni corinas). Por eso me felicito (congratulo es más fino, pero mucho menos español) de que en 2015 (en el que ya estaremos a punto de salir de la crisis, como todos los años) entrará en vigor el nuevo Código Mercantil, que se basará en la unidad de mercado en España y regulará de forma distinta la empresa y sus operaciones, la representación, la competencia desleal y la defensa de la libre competencia, así como hará referencia a la propiedad industrial. Junto a contratos de siempre, como el de agencia o los publicitarios, aparecerán otros nuevos, tales como el de distribución, suministro, franquicia, mediación, contrato de obra por empresa, prestación de servicios mercantiles, operaciones sobre bienes inmateriales, turísticos, prestación de servicios electrónicos, contratos bancarios y financieros y de operaciones en el mercado de valores
.Otra novedad de este futuro Código Mercantil será la importancia que se da no solo a la letra de cambio, sino también a los pagarés, al cheque, a los valores mobiliarios y a las tarjetas sean de pago o de crédito a corto plazo. Regula de manera diferente a como está en la actualidad otros contratos como la compraventa, el depósito, el seguro o el transporte. Asimila al empresario, los llamados operadores de mercado o económicos. Y deja fuera las normas de protección de los consumidores.

Más de sesenta especialistas han trabajador en este muevo Código Mercantil que sustituirá al de 1985, con la finalidad de asegurar la unidad de mercado en las relaciones jurídico-privadas de los empresarios y el resto de operadores económicos. Sigue el modelo francés del código de 2000, principalmente en el sentido de recoger la legislación que existe en leyes especiales para agruparla. Y todo ello, dice la norma española, con la buena intención de adaptar la normativa comercial a la actual realidad política y económica. Pues no sé yo si es buena esa idea, porque la actual realidad política es poco fiable y la económica una ruina. Más vale que pongamos judicialmente las peras al cuarto, antes de esa llevar a cabo esa adaptación.

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