miércoles, 24 de octubre de 2012

Las leyes vigentes , la directiva 123/2006, la ley omnibus y paraguas parecen que tarde pero comienzan su andadura.


Los Colegios de Economistas de España, y a empiezan a emitir circulares mediante las cuales ya indican lo que sabíamos todos  en materia de la jurisdicción social: que ya pueden intervenir en el juicio de lo social los economistas y cualquier persona e incluso el interesado en defensa de sus derechos sin ser obligatoria la presencia o intervención del Abogado y Procurador.

Esto no sólo se concilia con la legislación y el derecho positivo interno sino con los tratados internacionales que indican como base el derecho a la defensa por uno mismo y a la no obligatoriedad de profesionales que uno no quiere, ni quiere pagar.

Muchas jurisdicciones ya contemplaban esto , pero era prácticamente imposible el ejercicio de estos derechos, ahora la gran batalla está en subir a los estrados, se debe considerar un sitio privilegiado para la injusticia y para mantener privilegios sin sentido.

EL CAMPO PROFESIONAL DEL PSICOPEDAGOGO COMO ORIENTADOR PROFESIONAL

Autor : José Luis Sánchez Arcos. Orientador laboral, Psicopedagogo.

¿Es necesaria la Orientación Profesional?. Parece ser que sí. En una sociedad en lo que el cambio y la transformación en múltiples aspectos de la vida, en particular en aquellos relacionados con la Educación y el Trabajo, forman parte de nuestra rutina y, cada vez más, nos pare cotidiano. Además, en este contexto Europeo donde nos encontramos inmersos, se observa que la Orientación Profesional (en adelante O.P.) está presente, y posee cierto peso, en las sociedades más avanzadas de nuestro entorno. El fruto de todo lo anteriormente expuesto es que podemos suponer que las personas necesitarán herramientas que les permitan afrontar esa evolución, no sólo en lo educativo y/o Laboral (por eso mismo hablamos de Orientación Profesional, y no de Orientación Laboral, ni de Orientación Vocacional; porque el término O. Profesional abarca no sólo aspectos del ámbito Laboral, sino de elementos relacionados con la vida de la persona: sus problemas personales, sus inquietudes, aspiraciones, su personalidad, su planificación a lo largo y ancho de su vida (concepto omnipresente en la Literatura del campo de la Orientación Profesional a nivel Europeo).
Esta complejidad hace que las competencias profesionales del Psicopedagogo/a cobren sentido y significado. Su formación le ha permitido poner en armonía las aspectos más significativos del área de la Psicología con los de la Pedagogía, y es en esto mismo donde radica su riqueza. El titulado en Psicopedagogía, tanto por su formación académica anterior (al ser una Titulación de segundo ciclo, era requisito haberse graduado anteriormente en Magisterio, Educación Social, Trabajo Social…) como por las competencias profesionales y conocimientos adquiridos a través de materias específicas del ámbito de la Orientación Profesional (la asignatura de “Modelos de Orientación e Intervención Psicopedagógica” o la materia “Orientación Profesional”) se erige como un profesional potencialmente muy preparado para desarrollar la labor de O.P., labor a la que acceden por propia motivación intrínseca (se trata de un camino lleno de experiencias y decisiones que van guiando al profesional hacia la O.P., en muchas ocasiones casi sin proponérselo) aunque es imprescindible y absolutamente necesario seguir formándose en este campo profesional y adquirir paulatinamente las competencias profesionales que caracterizan profesional de la O.P.
En este sentido, sería muy enriquecedor para el Psicopedagogo/a especializarse en la Orientación Profesional destinada a determinados colectivos. A modo de ejemplo, resulta interesante la O.P. dirigida a mujeres con cargas familiares, jóvenes menores de 30 años, inmigrantes con problemas de inserción sociolaboral, personas con discapacidad, ya sea física o intelectual; y a trabajadores provenientes de sectores en crisis, entre otros.
Por otro lado, el campo profesional del Psicopedagogo como Orientador es complejo. No obstante, a continuación se exponen una serie de campos profesionales del sector público que, a priori, están en armonía con los titulados en Psicopedagogía que se hayan especializado en O.P.
  • Ámbito Local. El Orientador Profesional puede desarrollar sus funciones en un Ayuntamiento, en las concejalías de Empleo, Juventud, Servicios Sociales, Mujer, o similares. En muchas ocasiones las corporaciones locales podrán contar con organismos autónomos encargados de las políticas activas de empleo.
En este nivel, el Orientador Profesional puede trabajar como Agente de Desarrollo Local en el municipio. Su labor estará centrada en detectar necesidades formativas, estudiar el tejido empresarial presente en la zona y aprovechar las oportunidades laborales que éste brinda, planificar proyectos, organizar seminarios y foros de debates, y, por supuesto, desarrollar programas de creación de empleo. No podemos olvidar la faceta del Orientador Profesional de intermediador entre empresarios y trabajadores, gestionando las ofertas de empleo y preseleccionando candidatos.
  • Ámbito Regional. El Orientador Profesional podría llevar a cabo su trabajo en Servicios Regionales de Empleo o Agencias de Colocación.
  • Ámbito Nacional. Destacar el INEM, el cual posee un servicio de Orientación Profesional, aunque progresivamente se esté produciendo una descentralización en materia de empleo. También son interesantes los servicios de orientación de las universidades, conocidos como COIE´s.
  • Ámbito Europeo. Los Orientadores profesionales pueden ejercer como Euroconsejeros en la Red Eures, Organismo encargado en la intermediación Laboral a nivel de la U.E.
Por otro lado, en el Sector privado, algunas de las ocupaciones que puede desarrollar el Orientador Profesional son:
  • Consultor de Recursos Humanos.
  • Consultor de Formación.
  • Agente de Formación.
  • Orientador Profesional o Laboral en empresas que dispongan de este servicio.
  • Empresas con servicios de Outplacement o recolocación de trabajadores.
  • Empresas de Trabajo Temporal (ETT´s)
  • Docente de la materia “FOL” (Formación y Orientación Laboral) en centros de Formación Profesional privados.
  • Empresas con servicio de Couseling.
  • En asociaciones, fundaciones, colegios profesionales, y otras organizaciones que poseen programas de Inserción Sociolaboral o que cuentan con servicio de Orientación Profesional.
  • Entidades privadas que cuentan con convenios de colaboración con la empresa pública en materia de empleo.
Como hemos comentado anteriormente, se hace necesaria una formación complementaria y una especialización que garantice nuestro progreso profesional. Alguna de esta formación podría estar relacionada con conocimientos en idiomas, informática, recursos humanos, estadística, métodos de investigación, o estudios dirigidos a la O.P. de determinados colectivos. En esta línea Howey (1985) y Hackney (1990) defiende que el Orientador Profesional requiere del perfeccionamiento pedagógico, el conocimiento y comprensión de sí mismo, el desenvolvimiento cognitivo (mejora de las estrategias de procesamiento de información), el desarrollo teórico (reflexión sobre la práctica orientadora) y el desenvolvimiento de la carrera profesional mediante la investigación y el desarrollo.
En conclusión, el Psicopedagogo especializado en la O.P. debe actuar para proporcionar las herramientas necesarias para cada ciudadano para que éste alcance su autogobierno y se vea a sí misma como una persona activa en su labor de búsqueda de empleo. No podemos olvidar que el Psicopedagogo también debe trabajar la autoestima y los valores de la persona para afrontar lo más positivamente posible esta tarea. Estas tareas y funciones están en total consonancia con la formación y competencias que otorga la Titulación de Psicopedagogía.
Por último, desde este artículo se quiere reflexionar sobre algunos aspectos relacionados con la evolución y mejora de la O.P. en nuestro país.
En primer lugar sería muy beneficioso que los especialistas en O.P. tuviesen un periodo de prácticas lo suficientemente amplias en el tiempo como para hacerse una idea fiel de lo que implica trabajar como Orientador Profesional y para reflexionar sobre esta tarea. En cuanto a la investigación en O.P., parece que ésta se hace necesaria para que se produzcan las mejoras y transformaciones que darán lugar a una Orientación Profesional de calidad. En este sentido, se podría combinar la metodología cuantitativa con la cualitativa, con predominancia de esta última por aportar información útil y real.
Tampoco se debe olvidar el establecimiento y cumplimiento de las normas éticas y deontológicas propias de la O.P. por parte une una Institución Profesional que regule este aspecto y otorgue profesionalidad, rigurosidad y oficialidad a los profesionales de la Orientación Profesional, además de servir como marco de intercambio de ideas, proyectos, recursos, opiniones e información útil para mejorar nuestra labor

Primer Divorcio en España llevado a cabo por la ley de Mediación en aplicación de la Directiva Europea y de la ley 121/05 Real Decreto 5/2012, publicado el día 6 de Marzo de 2012 en el Boletín Oficial del Estado con Nº 56, Disposición 3152, del que regula la mediación en el ámbito civil, procesal y mercantil.

Primer Divorcio en España llevado a cabo por la ley de Mediación en aplicación de la Directiva Europea y de la ley 121/05 Real Decreto 5/2012, publicado el día 6 de Marzo de 2012 en el Boletín Oficial del Estado con Nº 56, Disposición 3152, del que regula la mediación en el ámbito civil, procesal y mercantil.



En el despacho Profesional de EIA Consultoría Asesoría de Vigo, sin pasar por el juzgado, el día 16 de Julio de este año 2012, se ha llevado a cabo el primer divorcio aplicando la vigente ley de mediación que regula el derecho civil procesal y mercantil, llevándose a cabo en un tiempo breve y a unos costes reducidísimos evitando sobre todo las graves secuelas que procesos judiciales largos caros y complicados sumían a las familias.

La normativa Europea tardó en España mucho tiempo en aplicarse pero ya es un hecho y va a beneficiar a miles de personas en sus litis privadas y va aminorar los costes que por el entramado burocrático del mundo judicial hace que los ciudadanos vean cercenados sus derechos humanos y constitucionales que presiden teóricamente nuestro estado de derecho.

Esta entidad Profesional EIA Consultoría Asesoría sita en Vigo Tl. 986266151 ya venía aplicando la mediación Familiar al amparo de la normativa de la CCAA de Galicia como método básico para el arreglo de las controversias familiares y es pionero en la aplicación del derecho anglosajón para impulsar la participación de los administrados ciudadanos en la justicia impidiendo que sea un grupo gremial el que controle y decida por todos, en asuntos de vital importancia para la sociedad.

La mediación para ejecutar el Divorcio,  la han llevado a cabo dos profesionales trabajando en equipo  que se han encargado de redactar el acuerdo y elevarlo al notario, el equipo estaba formado por un pedagogo y una periodista y los afectados han quedado muy satisfechos y sorprendidos por la celeridad y rapidez en divorciarse.

Tanto los notarios como los registros de lo civil están revisando la legislación para poder inscribir el nuevo estado civil por este pionero sistema que agilizará la administración de justicia.



lunes, 3 de septiembre de 2012


Las cinco cuestiones clave del
banco malo



31-08-2012 a las 22:21 por Michela Romani/Gemma Martínez


De Guindos asegura que el banco malo no supondrá un gasto para los contribuyentes y que, además, los bancos no sufrirán grandes pérdidas para traspasar sus activos. Las cinco claves de cómo espera conseguirlo.
Aunque los detalles de cómo funcionará el banco malo no se conocerán hasta noviembre, el nuevo Real Decreto sobre la reforma financiera que el Gobierno aprobó ayer empieza a aclarar algunas cuestiones clave sobre este instrumento, que denomina sociedad de gestión de activos.
El más relevante es que el Estado, a través del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) no podrá tener más de un 50% del capital del banco malo. El resto tendrá que estar en manos de inversores privados. Con este objetivo, Economía trabaja para diseñar un instrumento que sea atractivo para los inversores privados, principalmente fondos, aunque en principio no se descarta incluso que tomen una participación las entidades financieras que así lo quieran.
Para facilitar la entrada de capital privado, los activos del banco malo se distribuirán entre distintos fondos, para que los inversores interesados en negocios concretos (como, por ejemplo, el mercado de oficinas) tengan la vía abierta para entrar. De hecho, fuentes de Economía aseguraban ayer que ya están empezando los contactos con potenciales inversores y que algunos ya han mostrado interés.
ÍNDICE
1.- El precio.
2.- La Financiación.
3.- El tipo de activos.
4.- Formas de pago.
5.- Comienzos en diciembre.
     Economía prevé que la banca no tenga pérdidas.
El ministro de Economía, Luis de Guindos, insistió ayer en que el banco malo tendrá que ser “rentable”, es decir, que deberá conseguir vender los activos que le han traspasado los bancos a precios superiores a los que compró.
De Guindos se mostró ayer confiado en que este objetivo se pueda conseguir ya que, en su opinión, “veremos que los activos que se traspasen al mal llamado banco malo, finalmente no son tan malos”.
El plazo máximo que tiene la sociedad para volver a enajenar los activos en el mercado se fija en quince años.

2.-  La Financiación
La sociedad de gestión de activos se financiará principalmente mediante la emisión de deuda, según explicó ayer De Guindos.
El préstamo por importe máximo de 100.000 millones que Bruselas ha concedido a España llegará al FROB, y esto decidirá cómo repartirlo, entre las ayudas directas a las entidades y el banco malo. En este marco, Economía quiere que el FROB tan sólo realice una aportación inicial al capital del banco malo, y que este busque los recursos que necesita en los mercados.

3.- El tipo de activos
En el banco malo tendrán cabida los activos inmobiliarios que tienen más difícil salida al mercado; los créditos problemáticos del ladrillo y, probablemente, las participaciones en promotoras de los bancos, aunque Economía matizaba ayer que este último punto aún no está cerrado.
Todas las entidades que reciban ayuda estarán obligadas a ceder sus activos a la sociedad de gestión, en función de lo que determine el Banco de España. Economía, no obstante, no descarta que las entidades sanas traspasen también algunos activos, sometiéndose a las mismas condiciones de la banca rescatada.

4.- Formas de pago
El banco malo tendrá tres formas para pagar a los bancos los activos que les compre. Podrá hacerlo con efectivo, con deuda, o con participaciones en su propio capital. También podrá utilizar una fórmula mixta, en función de las necesidades específicas de cada entidad.

5.- Comienzos en diciembre
La regulación ministerial del banco malo estará lista para el próximo noviembre y los primeros traspasos de activos se realizarán en diciembre, según el calendario que maneja el equipo de De Guindos. El ministro aseguró ayer que el diseño del banco malo está ya pactado con Bruselas y el BCE y que no hay ningún tipo de discrepancia sobre como materializar este instrumento.
Economía prevé que la banca no tenga pérdidas elevadas
Para que el banco malo suponga el menor coste posible para el erario español, e incluso sea rentable -como afirmaba ayer De Guindos, tiene que conseguir plusvalías con la venta de los activos. La mejor garantía para conseguir este objetivo es que el precio de compra de los activos a los bancos sea el menor posible.
El precio del traspaso es, de hecho, una de las principales preocupaciones de la banca, que teme que se fijen precios de derribo para garantizar la rentabilidad del banco malo a futuro. Según varias fuentes del sector, esto provocaría un desplome de los precios inmobiliarios, lo que afectaría a todos los bancos, incluso los que no traspasen sus inmuebles al banco malo. Además, habría entidades que no podrían soportar las pérdidas generadas por el traspaso y se verían abocadas a pedir ayudas públicas.
Sin embargo, De Guindos lanzó ayer un mensaje de tranquilidad, al afirmar que las pérdidas para la banca serán limitadas, gracias a las elevadas provisiones ya constituidas. El ministro ha recordado que activos como el suelo ya están provisionados al 80%, así que los bancos tienen ya cubierta buena parte del descuento que se aplicará.
Los parámetros para determinar los precios de compra aún no están fijados, y no se conocerán antes de noviembre. Sin embargo, ayer Economía adelantó que el tasador externo (Oliver Wyman, según la información que tiene EXPANSIÓN) determinará el valor económico y el Banco de España decidirá finalmente el precio de compra, teniendo también en cuenta el valor en libros al que la entidad tenga registrado el activo y las provisiones realizadas. En todo caso, las dotaciones no marcarán el mínimo sobre el que se fije la valoración.

LA SUBIDA DEL IVA, AL DETALLE:


LA SUBIDA DEL IVA, AL DETALLE:


Productos y servicios que se verán más afectados por el incremento a partir del 1 de septiembre:


IVA tipo general (sube del 18 al 21%):

- Material escolar

- Flores y plantas

- Salas de fiesta, discotecas...

- Alcohol, tabaco...

- Asistencia sanitaria, dental y curas termales

- Servicios deportivos

- Peluquería

- Vehículos

- Certificados médicos

- Gas, electricidad, teléfono...

- Cine, teatro, espectáculos musicales...


IVA reducido (sube del 8 al 10%):

- Nutrición humana

- Semillas, fertilizantes

- Medicamentos para animales

- Gafas y lentillas

- Material quirúrgico

- Transportes de viajeros

- Obras en viviendas

- Bibliotecas, museos...

- Servicios de limpieza de recogida de residuos

- Servicios de hostelería excepto espectáculos

- Viviendas y garajes


IVA superreducido (se mantiene en el 4%):

- Pan, quesos, huevos, frutas y verduras

- Libros, periódicos, revistas

- Productos informáticos

- Medicamentos de uso humano

- Vehículos de movilidad reducida

- VPO y teleasistencia



INCIDENCIA DE LA SUBIDA DEL IVA EN LOS DIFEREN-TES SECTORES ECONÓMICOS:


TURISMO.- La subida de los precios frenará la competividad.

Para uno de los motores principales de la economía valenciana, el alza de hasta el 10% en hoteles y locales de restauración es un factor de incertidumbre de cara a la temporada de invierno. Luis Martí, presidente de la Federación Hotelera de la Comunidad Valenciana (FEHV), considera que la medida es un «error», pues conseguirá el efecto contrario al previsto. También comenta que esto provocará aún más pérdidas y despidos. «Este tipo de medidas no contribuyen a mejorar la economía productiva y tienen un efecto meramente recaudatorio de corto alcance. Se necesitan medidas que estimulen el crecimiento, no que lo frenen», afirma Martí.


DISTRIBUCIÓN.- Las distribuidoras piden una compensación.

En el caso de las firmas de distribución, sólo los productos básicos seguirán gravados al tipo superreducido del 4%, mientras que el resto se verán afectados por el general del 21%. Pedro Reig, presidente de la Asociación de Supermercados de la Comunitat Valenciana (Asucova), advierte de que este incremento «es un factor más» que afectará al consumo, y pide que el Gobierno «compense a los centros con una reducción de las cuotas sociales». Según Reig, cada distribuidor «va a intentar absorber o amortiguar el IVA en todo lo posible para que el cliente no se resienta.

MODA Y TEXTIL.- Los consumidores comprarán sólo lo imprescindible.

Las dificultades que generará el alza del IVA del 18% al 21% en el sector han puesto en alerta a las empresas, de las que sólo los grandes grupos podrán absorber el incremento y mantener las ventas. En la línea del resto de las patronales, desde la Asociación de Empresarios Textiles de la Comunitat Valenciana (Ateval) piensan que «el consumo nacional ya está bastante afectado como para cambiar el IVA otra vez», y que «hay cosas que no se pueden descontar o minimizar, como el encarecimiento del coste de vida de los ciudadanos que adquirirán sólo lo necesario.


AUTOMOCIÓN.- Se prolongará una crisis que dura ya cinco años.
El sector del automóvil calcula que el incremento del IVA al 21% encarecerá 650 euros de media a cada vehículo, lo que frenará la salida de una grave crisis que dura ya cinco años. «Si lo que quiere el Gobierno es castigar al automóvil, la medida es de lo más acertada. Si lo que quiere es recaudar más dinero, el efecto será nulo en lo que a la automoción se refiere», asevera Antonio Romero-Haupold, presidente de Faconauto. También recuerda que la subida adicional del combustible «tendrá un efecto disuasorio sobre la adquisición y utilización de los vehículos».

VIVIENDA.- Impacto escaso para un sector maltrecho.

De entre todos los sectores afectados, el de la vivienda es el que menor capacidad de respuesta tiene ante la subida. El Gobierno, que ya ha suprimido la desgravación del IRPF, mantendrá el tipo superreducido del 4% hasta enero de 2013, momento en el que el IVA de las viviendas se situará en el 10%. Las patronales valencianas como Fevec o APCV se suman a la postura de la Asociación de Promotores Constructores de España (APCE), que pide una moratoria y considera que «estas medidas tendrán un efecto negativo, pese a estar ya anunciadas». Frente a esto, José Manuel Galindo, presidente de la APCE, aboga por «buscar un factor positivo y estimular algunas ventas más» si el Ejecutivo anuncia un plazo antes de aplicarlas.

miércoles, 29 de agosto de 2012


 Resolución de 2 de agosto de 2012, de la Dirección General de Tributos, sobre el tipo impositivo aplicable a determinadas entregas de bienes y prestaciones de servicios en el Impuesto sobre el Valor Añadido. (BOE 06-08-2012), con sus aclaraciones  y ejemplos de la modificación del art.90 y 91 de la Ley 37/1992 establecida en el RD-Ley 20/2012 en aquellas categorías de bienes y servicios que venían disfrutando de un tipo impositivo reducido y que pasarán a ser gravadas al tipo impositivo general del Impuesto a partir del 01-09-2012:

·         Tipo impositivo aplicable a los objetos que por sus características, solo puedan utilizarse como material escolar.
·         Tipo impositivo aplicable a las flores y plantas ornamentales.
·         Tipo impositivo aplicable a los servicios mixtos de hostelería.
·         Tipo impositivo aplicable a los servicios de peluquería.
·         Tipo impositivo aplicable a los servicios prestados a personas físicas que practiquen el deporte o la educación física salvo los exentos
·         Tipo impositivo aplicable a la asistencia sanitaria, dental y curas termales
·         Tipo impositivo aplicable a los servicios prestados por intérpretes, artistas, directores y técnicos.
·         Tipo impositivo aplicable a las entregas de viviendas  (devengo antes del 01-01-2013).

Asimismo dicha Resolución indica cuál es el momento del devengo en supuestos especiales (pagos a cuenta, modificación de base imponible, contrataciones administrativas y operaciones de trato sucesivo.

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes (25-08-2012) un Proyecto de Ley para dinamizar el Mercado de Alquiler de Viviendas mediante su flexibilización, con una reducción de los plazos de duración del contrato, la mejora de la seguridad jurídica y una serie de medidas de carácter fiscal; no obstante para su aplicación hemos de esperar a su tramitación parlamentaría.

Como sabes en dicho Consejo de Ministros se aprobó también el Real Decreto-ley 23/2012, de 24 de agosto, por el que se prorroga el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo, difundido y ampliamente tratado por los medios de comunicación,  que por  que he creído no hacer sobre él comentario alguno